Préstamo hipotecario construcción de vivienda
Construye o termina la casa o departamento de tus sueños con el Préstamo Hipotecario BIESS para Construcción de Vivienda, que te da 100% de financiamiento hasta USD 130.000, con un plazo máximo de 25 años, la cuota más baja y las mejores condiciones del mercado.
Recuerda que la precalificación es automática y totalmente en línea PRECALIFICACIÓN.
¿ Que viviendas puedo comprar ?
Edificación de vivienda
sobre terreno libre de gravamen y de propiedad de la persona que realiza el préstamo.
Construcción de vivienda
sobre o junto a construcciones ya existentes de propiedad de la persona que realiza el préstamo.
Terminación de vivienda
de propiedad de la persona que realiza el préstamo y que se encuentra en condiciones inhabitables.
¿Quiénes Aplican? Préstamo hipotecario construcción de vivienda


Afiliados con relación
de dependencia


Jubilados por vejez,
invalidez o discapacidad
Los afiliados sin relación de dependencia y afiliados voluntarios PODRAN acceder a este subproducto préstamo hipotecario construcción de vivienda de manera solidaria, precalificando su con su cónyuge o conviviente (unión libre debidamente legalizada) quien debe ser afiliado con relación de dependencia o jubilado por vejez, invalidez o discapacidad.
Requisitos de precalificación
Es necesario entregar una carta modelo de presupuesto cronograma y flujo valorado, el croquis de la ubicación del bien inmueble y llenar el formulario del instructivo de documentos para construcción de vivienda.
Monto y Financiamiento
Financiamiento del 100% del presupuesto de obra hasta USD 130.000, no incluye financiamiento de gastos de avalúo e instrumentación legal.
Si el valor del presupuesto de obra es mayor a USD 130.000 hasta USD 200.000, el BIESS financiará hasta el 90% del presupuesto de obra, más los gastos de avalúo e instrumentación legal que se generen en el trámite hipotecario.
Si el valor del presupuesto de obra es mayor a USD 200.000, el BIESS financiará hasta el 80% del presupuesto de obra, más los gastos de avalúo e instrumentación legal que se generen en el trámite hipotecario.
El monto máximo de financiamiento será de USD 460.000.
El desembolso se realizará de forma parcial directamente en la cuenta del solicitante, de acuerdo al cumplimiento del cronograma de construcción.
El plazo máximo para la culminación de la construcción, el cual deberá constar en el respectivo proyecto, será de 12 meses contados a partir del primer desembolso parcial.
En caso de construcción de vivienda sobre terreno hipotecado al IESS o Biess, el préstamo por el cual se constituyó la hipoteca sobre dicho bien inmueble debe registrar un saldo de capital máximo del 50% del monto financiado inicialmente, como condición para la aprobación del nuevo préstamo hipotecario a solicitarse.
Capacidad de endeudamiento
La capacidad de endeudamiento es el capital máximo por el que una persona se puede endeudar sin poner peligro su integridad financiera. El afiliado y jubilado puede comprometer hasta el 40% de sus ingresos declarados al IESS, una vez deducidos el aporte personal al IESS y las deudas reportadas por el Buró de Crédito.
Plazo Máximo
Los asegurados pueden escoger su pago hasta 25 años, en función de la edad máxima del solicitante que no debe superar los 77 años.
Tasa de Interés
La tasa de interés que se concederá para los préstamos hipotecarios es de: 4.99%
Seguros
Préstamo hipotecario construcción de vivienda
Los afiliados y jubilados que soliciten su préstamo hipotecario con el Biess cuentan con la opción de escoger entre dos aseguradoras la póliza de seguros de vida, desgravamen, incendio y líneas aliadas, y todo riesgo contratista. Estas compañías son Seguros Sucre S.A. e Hispana de Seguros S.A.
Adicionalmente, en caso de que el asegurado lo prefiera, puede solicitar la cobertura de otra aseguradora, siempre y cuando cumpla con las condiciones técnicas, legales y de riesgo que le posibilite otorgar una cobertura adecuada al préstamo hipotecario del usuario.
Personas con Discapacidad
LOS ASEGURADOS CON DISCAPACIDAD QUE SEAN TITULARES DE LA SOLICITUD DE CRÉDITO DEBEN PRESENTAR EL CARNET DEL CONADIS O DEL MINISTERIO DE SALUD DEBIDAMENTE ACTUALIZADO PARA DAR CUMPLIMIENTO AL ARTÍCULO 77 DE LA LEY ORGÁNICA DE DISCAPACIDADES, EL CUAL SEÑALA LA EXENCIÓN DE TASAS Y/O TARIFAS NOTARIALES, CONSULTARES Y DE REGISTRO CIVIL, IDENTIFICACIÓN Y CEDULACIÓN.
ES NECESARIO QUE AL MOMENTO DE LA RECOLECCIÓN DE FIRMAS EN LAS RESPECTIVAS NOTARÍAS SE PRESENTE EL ORIGINAL DE DICHO CARNET.
Pago de impuestos
Préstamo hipotecario construcción de vivienda
Entre los documentos que debe entregar el asegurado junto a la solicitud de crédito se encuentra la carta de pago de impuestos municipales, misma que debe contener información que indique quien asumirá el pago de los impuestos.
Para mayor información descargue el INSTRUCTIVO PARA EL CÁLCULO DE IMPUESTOS.
Tome en cuenta que
Durante el proceso, se puede requerir documentos adicionales de acuerdo al tipo de préstamo, zona geográfica de la vivienda o en caso de que el vendedor sea una persona jurídica.
Usted puede dar seguimiento a cada etapa en la que se encuentre su préstamo ingresando a nuestro SISTEMA DE PH con su cédula y clave.
Levantamiento de Hipoteca
Una vez cumplido el pago total de su préstamo hipotecario, los afiliados y jubilados pueden realizar el levantamiento de hipoteca, llenando el formulario ubicado en el siguiente LINK junto a los documentos que se encuentran ahí detallados. Una vez completa la información, debe escanearla y enviarla al correo levantamientohipoteca@biess.fin.ec