La escritura de un terreno es un documento público en el cual se transfiere el pleno dominio de la propiedad de una persona jurídica o natural a otra.
Siempre y cuando sea permitido la debida inscripción en el Registro de la Propiedad de cada Cantón.
Existen varios tipos de escrituras, pero las más comunes a la hora de comprar un terreno son:
[su_column][/su_column][su_box title=»Documentos habilitantes» box_color=»#f49408″] [su_table]
Certificado de gravámenes emitido por el Registro de la propiedad, actualizado. |
Copias de cédulas y papeletas de votación de compradores y vendedores. |
Pago del impuesto predial del año en curso. |
Declaratoria de propiedad horizontal (en caso de propiedades sujetas al régimen de propiedad horizontal). |
Nombramiento del administrador (en caso de propiedades sujetas al régimen de propiedad horizontal). |
Certificado de expensas (en caso de propiedades sujetas al régimen de propiedad horizontal). |
Posesión efectiva (Caso de herederos). |
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[su_column][/su_column][su_box title=»Proceso de escrituración» box_color=»#f49408″] [su_table]
Se recolectan los documentos habilitantes. |
El abogado elabora la minuta, indicando los antecedentes, forma de pago, multa entre otros aspectos. |
Se realiza la transferencia de dominio en el municipio. |
Es necesario pagar los impuestos en el Municipio de Quito y en el Consejo Provincial. |
Debes firmar un documento llamado matriz en la notaría. |
La escritura que emite la notaría tiene las firmas de los compradores, los vendedores y el notario. |
Finalmente este documento se inscribe en el Registro de la Propiedad. |
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Inmoamigo te acompaña para que conozcas los proyectos que se comercializan en Quito, tanto en escrituras individuales como en derechos y acciones.
¿Cuál es la diferencia entre una escritura individual y una en derechos y acciones?
Es algo simple, pero es algo a tener en cuenta si quieres salir bien librado en la compra de un terreno.
Las dos escrituras son exactamente iguales en forma, y son legales, salvo que en la una te venden un lote de terreno, mientras que en la otra te venden o transfieren un porcentaje del lote de terreno.
La diferencia más marcada está en las facultades que te da la una a diferencia de la otra.
En la escritura individual tienes la facultad de disponer como amo dueño y señor de tu lote de terreno, es decir puedes disponer y hacer lo que quieras dentro de él.
Mientras que en los derechos y acciones, tu necesitas la debida autorización escrita y firmada por el 100% de los copropietarios para realizar cualquier cambio, construcción, servidumbre, en sí, todo lo que puedas hacer con un lote de terreno.
Todo esto por que a ti solo te pertenece un porcentaje del lote de terreno.
En todo caso la decisión es personal, y cada familia debe definir lo que más le convenga de acuerdo a las necesidades y aspiraciones.